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XI.2o.49 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
185484
Clave de tesis
XI.2o.49 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Noviembre de 2002; Pág. 1194

SUSPENSIÓN DEFINITIVA CONTRA ACTOS RESTRICTIVOS DE LA LIBERTAD PERSONAL. PARA SU OTORGAMIENTO EL JUEZ DE DISTRITO NO DEBE SOLICITAR GARANTÍA POR LA REPARACIÓN DEL DAÑO PROVENIENTE DE DELITO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Noviembre de 2002; Pág. 1194

Precedentes

Incidente de suspensión (revisión) 294/2002. 14 de agosto de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretario: Pedro Garibay García. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, abril de 1999, página 618, tesis I.3o.P.38 P, de rubro: " SUSPENSIÓN DEFINITIVA Y LIBERTAD PROVISIONAL. DIFERENCIAS .". Notas: Por ejecutoria de fecha 29 de agosto de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 58/2007-PS en que participó el presente criterio. Por ejecutoria de fecha 7 de noviembre de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 70/2007-PS en que participó el presente criterio.

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