Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
2a. LIX/2003 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Laboral

COMPETENCIA FEDERAL EN MATERIA DE TRABAJO. LA HIPÓTESIS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN XXXI, ÚLTIMA PARTE, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, SE ACTUALIZA CUANDO LOS CONFLICTOS QUE AFECTEN A DOS O MÁS ENTIDADES FEDERATIVAS SEAN DE NATURALEZA JURISDICCIONAL.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Mayo de 2003; Pág. 299

Precedentes

Amparo en revisión 330/2002. Sindicato de Futbolistas Agremiados de México. 15 de noviembre de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Aída García Franco.