Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/184706

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 28 de marzo de 2012, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 474/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. El criterio contenido en esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 178/2019 , de la Primera Sala, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 4/2021 (11a.) de título y subtítulo: " AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA ORDEN JUDICIAL DE ANOTACIÓN PREVENTIVA REGISTRAL RESPECTO DEL INMUEBLE LITIGIOSO, PUES CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN .”

VI.2o.C.325 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
184706
Clave de tesis
VI.2o.C.325 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Marzo de 2003; Pág. 1687

AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA REALIZAR ANOTACIONES MARGINALES EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, RESPECTO DE UN INMUEBLE, POR AFECTAR DERECHOS SUSTANTIVOS NO REPARABLES EN SENTENCIA DEFINITIVA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Marzo de 2003; Pág. 1687

Precedentes

Amparo en revisión 25/2003. Claudia Esther García Maycotte. 30 de enero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretaria: Gloria Margarita Romero Velázquez. Amparo en revisión 26/2003. Juan Ignacio González Jiménez. 30 de enero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretaria: Gloria Margarita Romero Velázquez. Nota: Por ejecutoria del 28 de marzo de 2012, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 474/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. El criterio contenido en esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 178/2019 , de la Primera Sala, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 4/2021 (11a.) de título y subtítulo: " AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA ORDEN JUDICIAL DE ANOTACIÓN PREVENTIVA REGISTRAL RESPECTO DEL INMUEBLE LITIGIOSO, PUES CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN .”

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia civil

Registro digital (IUS): 184706