XVII.4o.9 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
REVISIÓN, RECURSO DE. NO PUEDEN INTERPONERLO LOS TERCEROS PERJUDICADOS EN UN JUICIO DE AMPARO EN QUE FUE NEGADA LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL AL QUEJOSO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Febrero de 2003; Pág. 1146
Los terceros perjudicados en el juicio de amparo no pueden estimarse como coadyuvantes de la parte quejosa, por lo que no pueden jurídicamente sostener la inconstitucionalidad del acto reclamado de manera directa, y formular agravios para que a aquélla se le otorgue la protección federal; es decir, no pueden hacer valer agravios que pudiera sufrir otra de las partes, pues a cada una de ellas le compete defender sus derechos dentro del juicio de amparo, a través de los recursos que la ley otorga, como claramente lo señala el artículo
5o., fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo
, ya que la propia ley de la materia establece de qué manera pueden intervenir las partes en el juicio de amparo.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 284/2002. Cynthia Liliana Nájera y otra. 14 de noviembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Gómez Molina. Secretaria: María Guadalupe Contreras Jurado.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VI, Segunda Parte-1, julio a diciembre de 1990, página 294, tesis de rubro: "
TERCERO PERJUDICADO, REVISIÓN INTERPUESTA POR EL. DEBE DESECHARSE SI LA SENTENCIA DE AMPARO DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO Y NEGÓ LA PROTECCIÓN FEDERAL.
".