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VI.1o.P.196 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

FRAUDE GENÉRICO. EL ERROR O ENGAÑO DE QUE SE VALE EL ACTIVO PARA OBTENER UN LUCRO, PUEDE RECAER EN UN SUJETO DIVERSO AL PASIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Septiembre de 2002; Pág. 1373

Precedentes

Amparo en revisión 123/2002. 18 de abril de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretaria: Hilda Tame Flores. Nota: Por ejecutoria del 11 de noviembre de 2015, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 61/2015 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 421/2016 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 5 de diciembre de 2016.

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