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III.3o.C.131 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DIVORCIO, DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN DE. ES POTESTATIVO PARA EL PROMOVENTE EXHORTAR AL OTRO CÓNYUGE A REUNIRSE CON ÉL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Agosto de 2001; Pág. 1330

Precedentes

Amparo directo 1048/2001. Juan Reynoso de Anda. 11 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Óscar Javier Murillo Aceves.

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