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III.1o.P.34 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

CAREOS PROCESALES. LA OMISIÓN DE DESAHOGARLOS IMPLICA UNA VIOLACIÓN AL PROCEDIMIENTO, ANÁLOGA A LA PREVISTA EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 160 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Agosto de 2001; Pág. 1209

Precedentes

Amparo directo 60/2001. 5 de abril de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Guadalupe Cabral Parra. Secretaria: Margarita Herrera Delgadillo. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 108/2001-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 50/2002, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, diciembre de 2002, página 19, con el rubro: " CAREOS PROCESALES. EL JUZGADOR DEBE ORDENAR SU DESAHOGO DE OFICIO, CUANDO ADVIERTA LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIONES SUSTANCIALES EN EL DICHO DE DOS PERSONAS, POR LO QUE LA OMISIÓN DE DESAHOGARLOS CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN AL PROCEDIMIENTO QUE AMERITA SU REPOSICIÓN, EN CASO DE TRASCENDER AL RESULTADO DEL FALLO ."

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