VI.1o.P.8 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
AUTORIDADES RESPONSABLES. EL SEÑALAMIENTO EN LA DEMANDA DE AMPARO DE QUE SE TRATA DE "EJECUTORAS", CONDUCE A CONSIDERAR INNECESARIA LA PRECISIÓN DEL ACTO QUE SE LES RECLAMA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Mayo de 2001; Pág. 1093
No procede sobreseer respecto de las autoridades responsables, cuando en la demanda de amparo el quejoso no especifica el acto que les reclama, pero señala que se trata de "ejecutoras", pues esa expresión conduce por lógica elemental a establecer que se trata de la ejecución del acto atribuido a las ordenadoras; máxime cuando éstas confiesan la existencia de esa ejecución en sus informes justificados.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 45/2001. 22 de febrero de 2001. Unanimidad de votos; mayoría en relación con el tema contenido en esta tesis. Disidente y ponente: Rafael Remes Ojeda. Secretario: Fernando Córdova del Valle.