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P. LXXXIX/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Laboral

NOTIFICACIÓN EN ESTRADOS DE LA JUNTA. EL ARTÍCULO 874 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO QUE LA PREVÉ, NO CONCULCA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA TUTELADA POR EL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Diciembre de 1999; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 3426/98. Acabados y Materiales Arsa, S.A. de C.V. 14 de octubre de 1999. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Mariano Azuela Güitrón, José Vicente Aguinaco Alemán y Humberto Román Palacios. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: José Carlos Rodríguez Navarro. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el dieciséis de noviembre en curso, aprobó, con el número LXXXIX/1999, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

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