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P. LXXIII/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
Registro digital (IUS)
192871
Clave de tesis
P. LXXIII/99
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Administrativa, Constitucional
Fuente
[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Noviembre de 1999; Pág. 46

SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ENCARGADOS DE ADMINISTRAR JUSTICIA. NO PUEDEN ABOGAR, ANTE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES, POR LOS DERECHOS O EL PATRIMONIO DE OTRAS PERSONAS, INCLUSO DE SUS FAMILIARES.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Noviembre de 1999; Pág. 46

Precedentes

Revisión administrativa (Consejo) 3/97. 2 de julio de 1998. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Impedimento legal: José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Mario Flores García. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintiocho de octubre en curso, aprobó, con el número LXXIII/1999, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintiocho de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

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