Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
VI.A.4 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. EL TÉRMINO PREVISTO EN SU ARTÍCULO 53, INCISO C), DEBE COMPUTARSE RELACIONÁNDOLO CON EL ARTÍCULO 135 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Septiembre de 1999; Pág. 788

Precedentes

Amparo directo 68/99. Nacional de Focos, S.A. de C.V. 24 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: Isabel Iliana Reyes Muñiz. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 185/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 12/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, febrero de 2006, página 709, con el rubro: " PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE DATOS, INFORMES O DOCUMENTOS SOLICITADOS POR LA AUTORIDAD FISCAL. DEBE COMPUTARSE A PARTIR DEL DÍA HÁBIL SIGUIENTE AL EN QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN RESPECTIVA ."