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1a. XXI/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

INCOMPETENCIA EN MATERIA MERCANTIL. POR REGLA GENERAL DEBE PLANTEARSE A INSTANCIA DE PARTE Y, EXCEPCIONALMENTE, PUEDE HACERSE DE OFICIO POR EL JUZGADOR QUE PREVINO.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Septiembre de 1999; Pág. 90

Precedentes

Competencia 26/99. Suscitada entre el Juez Décimo Sexto de Paz Civil en el Distrito Federal y el Juez Primero de Cuantía Menor de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. 16 de junio de 1999. Cinco votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Urbano Martínez Hernández.

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