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II.2o.C.177 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DIVORCIO, SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES POR MÁS DE DOS AÑOS COMO CAUSAL DEL, CON INDEPENDENCIA DE LA CAUSA QUE LA MOTIVE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Junio de 1999; Pág. 942

Precedentes

Amparo directo 1330/98. Arturo Miranda Lozada. 27 de abril de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretaria: Sonia Gómez Díaz González.

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