I.2o.P.26 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
RECURSO DE APELACIÓN, EL OFENDIDO PUEDE IMPUGNAR A TRAVÉS DEL, LA RESOLUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO DEL JUEZ PENAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Junio de 1999; Pág. 973
Si el ofendido está legitimado para impugnar las resoluciones del Ministerio Público, en averiguación previa sobre el no ejercicio de la acción penal, también podrá impugnar a través del recurso de apelación, vía jurisdiccional, el auto de sobreseimiento decretado por el Juez del proceso, a virtud del desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público, promovido a través de un incidente no especificado, en virtud de que ya se había ejercido la misma ante los tribunales.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 182/99. Julio Méndez Alemán. 30 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Rodríguez Cruz. Secretario: Juan Manuel Flores Belmont.