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2a./J. 42/99 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

PERITOS. LA FORMALIDAD DE SU COMPARECENCIA PERSONAL A PROTESTAR SU CARGO ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 825, FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ES APLICABLE A TODOS LOS PERITOS.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 478

Precedentes

Contradicción de tesis 58/98. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito y Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito. 30 de abril de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Mariano Azuela Güitrón; en su ausencia hizo suyo el proyecto el Ministro Juan Díaz Romero. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Tesis de jurisprudencia 42/99. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintitrés de abril de mil novecientos noventa y nueve.

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