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I.6o.C. J/14 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Civil

SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE. PROCEDE EN EL AMPARO, CUANDO EL TRIBUNAL DE APELACIÓN DICTA UNA SENTENCIA DEFINITIVA O RESOLUCIÓN QUE PONE FIN A LA INSTANCIA, EN FORMA UNITARIA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Noviembre de 1998; Pág. 490

Precedentes

Amparo directo 6926/97. Constructora e Inmobiliaria Los Fresnos, S.A. de C.V. 2 de diciembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Nava Ortega, secretaria de tribunal autorizada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretario: Jaime Aurelio Serret Álvarez. Amparo directo 9716/97. Sucesión de Isaac Malamud Backal y otra. 10 de junio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Chávez Priego. Secretario: Cuauhtémoc González Álvarez. Amparo directo 6576/98. Gerardo Marcos Rodríguez de San Miguel Márquez. 20 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Chávez Priego. Secretario: Cuauhtémoc González Álvarez. Amparo directo 4426/98. Inmobiliaria Francisco Martínez, S.A. 24 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretaria: Reyna Barrera Barranco. Amparo directo 6026/98. Banco Nacional de México, S.A. 16 de octubre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Chávez Priego. Secretario: Jaime Aurelio Serret Álvarez.

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