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XXII.3o.A.C.10 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DE LA EJECUCIÓN DE UNA SENTENCIA O RESOLUCIÓN DEFINITIVA. NO ES MANIFIESTA E INDUDABLE MIENTRAS ÉSTA SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, AL HABERSE RECLAMADO EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 37, Mayo de 2024; Tomo V; Pág. 5116

Precedentes

Queja 156/2023. Teresa Balderas Sánchez y/o Ma. Concepción Teresa Francisca Balderas Sánchez. 28 de septiembre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Tafoya Hernández. Secretario: José David Alcantar Mendoza. Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 110/2006-PS citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, enero de 2007, página 112, con número de registro digital: 19867.

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