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2a. CXIX/98 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

COMPETENCIA LABORAL. CORRESPONDE A LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CONOCER DEL JUICIO, AUNQUE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL NO HAYA SIDO SEÑALADO EXPRESAMENTE COMO CODEMANDADO, SI LAS PRESTACIONES SOLICITADAS LAS DEBE OTORGAR ESE ORGANISMO CONFORME A LA LEY QUE LO RIGE.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Agosto de 1998; Pág. 501

Precedentes

Competencia 34/98. Suscitada entre la Junta Especial Número Cuarenta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Cananea, Estado de Sonora y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Hermosillo, Estado de Sonora. 7 de agosto de 1998. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Luz Cueto Martínez.

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