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2a. LX/95Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

COMPETENCIA LABORAL LOCAL. SE SURTE AUNQUE EL LAUDO REQUIERA LA APLICACION DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, SI SE DEMANDA A UNA EMPRESA ORDINARIA Y NO AL INSTITUTO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Julio de 1995; Pág. 108

Precedentes

Competencia 188/95. Entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje en Monterrey, Nuevo León y la Junta Especial Número Diecinueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Guadalupe, Nuevo León. 9 de junio de 1995. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Ma. Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.

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