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III.1o.P.19 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

TERCERO PERJUDICADO EN AMPARO INDIRECTO, LO ES EL MENOR DE EDAD CUYA CUSTODIA SE RECLAMA EN UN INCIDENTE DE RESTITUCIÓN EN EL QUE NO ES PARTE, SINO QUE SOBRE ÉL SE EJECUTARÁ LA RESOLUCIÓN QUE SE DICTE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Marzo de 1998; Pág. 831

Precedentes

Amparo en revisión 254/96. Salvador Cerda Ortiz y Martha Barba Reyes, como terceros perjudicados; Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, como autoridad responsable y agente del Ministerio Público Federal adscrito al Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Penal en el Estado. 29 de mayo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: José Montes Quintero. Secretario: Francisco Javier Ruvalcaba Guerrero.

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