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P. XIV/98 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

AVALÚO CATASTRAL. EL INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR LAS NORMAS QUE LO REGULAN DERIVA DE SU ELABORACIÓN Y NOTIFICACIÓN, POR LO QUE SU CONSTITUCIONALIDAD ES IMPUGNABLE, DESDE LUEGO, A TRAVÉS DEL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Marzo de 1998; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 1095/93. María Celia Díaz Castrejón de Isaak. 3 de junio de 1997. Once votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Mercedes Rodarte Magdaleno. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintiséis de febrero en curso, aprobó, con el número XIV/1998, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y ocho. Nota: La tesis de rubro " AVALÚO CATASTRAL PRACTICADO POR UNA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA. AMPARO IMPROCEDENTE .", se encuentra publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación número 84, diciembre de 1994, página 19, y su correspondiente ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Tomo XIV, diciembre de 1994, página 51 .

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