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P. CXXIII/97Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
Registro digital (IUS)
198205
Clave de tesis
P. CXXIII/97
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Administrativa, Constitucional
Fuente
[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Julio de 1997; Pág. 11

EXPROPIACIÓN. LA LEY RELATIVA, NÚMERO 25 DEL ESTADO DE GUERRERO NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA POR NO ESTABLECERLA PARA LOS CASOS EN QUE LOS BIENES SE DESTINEN A UN FIN DIVERSO AL QUE MOTIVÓ LA DECLARATORIA RESPECTIVA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Julio de 1997; Pág. 11

Precedentes

Amparo en revisión 741/94. Constructora y Promotora de Acapulco Papagayo, S.A. 3 de abril de 1997. Mayoría de cinco votos. Ausentes: José Vicente Aguinaco Alemán y Juventino V. Castro y Castro. Disidentes: Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo y Juan N. Silva Meza. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Ma. Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el primero de julio en curso, aprobó, con el número CXXIII/1997, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación no es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a primero de julio de mil novecientos noventa y siete.

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