2a. LXI/97Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
COMPETENCIA PARA CONOCER DE UNA DEMANDA DONDE SE PIDE LA NULIDAD DE UNA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE CESE Y PRESTACIONES LABORALES. CORRESPONDE AL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Junio de 1997; Pág. 253
Cuando en la demanda de nulidad se impugna no sólo la resolución administrativa en la cual se destituyó al actor de su cargo, con fundamento en disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, sino también se demanda el cumplimiento de prestaciones laborales (reinstalación en el empleo, pago de salarios caídos y aplicación de condiciones generales de trabajo), la competencia corresponde al citado tribunal, pues no obstante que las prestaciones de carácter laboral que se demandan no encuadran en los supuestos previstos en el artículo
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), de la ley orgánica que lo rige, se trata de acciones ejercidas en una sola demanda que se encuentran estrechamente vinculadas, ya que el resultado de una determinará la procedencia o no de las restantes, y ello impide dividir la continencia de la causa.
Precedentes
Competencia 88/96. Suscitada entre la Segunda Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en el Distrito Federal y la Sexta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Fiscal de la Federación. 30 de abril de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Guadalupe Robles Denetro.