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XIV.2o.10 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

AMPARO EN MATERIA AGRARIA. PROCEDE CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN LOS PROCEDIMIENTOS CONTENIDOS EN LOS ARTICULOS 162 Y 163 DE LA LEY DE LA MATERIA AUNQUE NO SE AGOTE EL JUICIO AGRARIO.-

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Diciembre de 1996; Pág. 362

Precedentes

Amparo en revisión 371/96. Alvaro Gonzalo Cámara Peón. 16 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Luis A. Cortés Escalante, Magistrado interino por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal. Secretario: Gonzalo Eolo Durán Molina.