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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 13 de marzo de 2019, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 74/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

XXXI.4 C. (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
2000760
Clave de tesis
XXXI.4 C. (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1836

DAÑO MORAL. EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN PROVENIENTE DEL ACTO O HECHO ILÍCITO QUE DA ORIGEN A AQUÉL, SÓLO SE DECLARA EN LA SENTENCIA DEFINITIVA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1836

Precedentes

Amparo directo 769/2011. Organización Editorial del Sureste, S.A. de C.V. 7 de marzo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Mayra González Solís. Secretaria: Adriana de los Ángeles Castillo Arceo. Nota: Por ejecutoria del 13 de marzo de 2019, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 74/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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