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I.5o.P.2 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal

COMPETENCIA PARA CONOCER DE DELITOS CONTRA LA SALUD, EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO, SI EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN RECIBIÓ LA INDAGATORIA DEL REPRESENTANTE SOCIAL DEL FUERO COMÚN CON MOTIVO DEL DESGLOSE DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA, LE DIO EL TRÁMITE RESPECTIVO Y EJERCIÓ ACCIÓN PENAL ANTE UN JUEZ DE DISTRITO, LA JURISDICCIÓN RADICA EN EL FUERO FEDERAL Y NO EN EL COMÚN, PUES IMPLÍCITAMENTE CONSIDERÓ EL ASUNTO DE MATERIA FEDERAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, Junio de 2012; Tomo 2; Pág. 803

Precedentes

Competencia 21/2011. Suscitada entre el Juzgado Noveno de Distrito de Procesos Penales Federales y el Juzgado Sexagésimo Segundo de Paz Penal, ambos del Distrito Federal. 2 de febrero de 2012. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: María Eugenia Estela Martínez Cardiel. Encargado del engrose: Jorge Guillermo García Suárez Campos, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, con relación al precepto 52, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio consejo. Secretario: Arturo García Gil. Nota: Por ejecutoria del 12 de septiembre de 2012, la Primera Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 159/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que las jurisprudencias 1a./J. 94/2012 (10a.) , 1a./J. 95/2012 (10a.) y 1a./J. 96/2012 (10a.) resuelven el mismo problema jurídico.

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