I.6o.T.26 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral
TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO LABORAL. SU INTERVENCIÓN SE CIRCUNSCRIBE A LA ACCIÓN EJERCITADA Y A LAS DEFENSAS OPUESTAS, SIN QUE PUEDA PROMOVER ACCIONES AUTÓNOMAS CONTRA LAS PARTES POR NO SER LA VÍA IDÓNEA.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2837
El artículo
690 de la Ley Federal del Trabajo
autoriza la intervención en el procedimiento laboral del tercero que tenga interés jurídico, ya sea compareciendo espontáneamente o a solicitud de la Junta, motivo por el cual, dicho tercero está en posibilidad de oponer excepciones y ofrecer las pruebas que estime convenientes en defensa de su interés propio, originario, exclusivo e independiente; en tal virtud, se concluye que, si bien su participación en el procedimiento laboral es autónoma de las partes, ese actuar se circunscribe a la acción ejercitada y a las defensas opuestas; en consecuencia, la intervención del tercero no prevé la oportunidad de ejercitar acciones autónomas contra las partes en el juicio, por no resultar idónea la vía intentada.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 647/2012. Elena Palacios Vicente. 12 de julio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretario: Miguel Ángel Burguete García.
Nota: Por ejecutoria del 11 de abril de 2018, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de tesis 55/2018, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "no hay diferencia de criterios sobre un mismo punto de derecho, ya que los órganos colegiados no se pronunciaron sobre una misma problemática."