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VI.3o.A.16 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL ARTÍCULO 58-13 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER QUE EN EL JUICIO DE NULIDAD TRAMITADO EN LA VÍA SUMARIA LA SENTENCIA SERÁ DICTADA POR EL MAGISTRADO INSTRUCTOR Y NO EN FORMA COLEGIADA, NO RESTRINGE EL ACCESO A LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA NI VIOLA EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 1o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1518

Precedentes

Amparo directo 128/2012. Francisco José López López de Cárdenas. 23 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Ramírez González. Secretaria: Margarita Márquez Méndez. Nota: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia, en términos de lo previsto en el numeral 11, Capítulo Primero, Título Cuarto, del Acuerdo General Plenario 5/2003, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte .

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