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2a./J. 188/2012 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Común

TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO EN TRÁMITE. EL HECHO DE QUE QUIEN LA PROMUEVA INTERPONGA, COMO TERCERO EXTRAÑO, JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA EL MISMO ACTO RECLAMADO, ACTUALIZA LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN LA FRACCIÓN XIV DEL ARTÍCULO 73 DE LA LEY DE AMPARO.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 2; Pág. 1586

Precedentes

Contradicción de tesis 277/2012. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, actual Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito. 21 de noviembre de 2012. Unanimidad de cuatro votos; votó con salvedad José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio A. Valls Hernández; en su ausencia hizo suyo el asunto Luis María Aguilar Morales. Secretario: Miguel Ángel Antemate Chigo. Tesis de jurisprudencia 188/2012 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiocho de noviembre de dos mil doce.

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