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XXX.1o.7 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Constitucional, Penal

PERDÓN DEL OFENDIDO EN EL DELITO DE ATENTADOS AL PUDOR. SI LA VÍCTIMA ES MENOR DE EDAD Y SUS PADRES LO OTORGAN, NO DEBE SOBRESEERSE EN LA CAUSA DE ORIGEN PUES, ATENDIENDO AL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR DEBE IMPEDIRSE SU REVICTIMIZACIÓN EN EL PROCESO JUDICIAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 2049

Precedentes

Amparo en revisión 280/2012. 18 de octubre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Páez Díaz, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Rubén Martínez Beltrán. Nota: Por ejecutoria del 9 de febrero de 2016, el Pleno del Trigésimo Circuito declaró sin materia la contradicción de tesis 4/2015 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.