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P. XLIII/95 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Laboral

AMPARO CONTRA LEYES EN CONFLICTOS COMPETENCIALES LABORALES. EL TERMINO DE QUINCE DIAS PARA PROMOVERLO SE DEBE COMPUTAR A PARTIR DE QUE EL TRIBUNAL EN FAVOR DEL CUAL SE DECLINO LA COMPETENCIA, ACEPTA ESTA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 67

Precedentes

Amparo en revisión 1226/93. Francisco Coronel Velázquez. 5 de junio de 1995. Mayoría de diez votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Martín Angel Rubio Padilla. El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el tres de agosto en curso, por unanimidad de once votos de los señores Ministros Presidente José Vicente Aguinaco Alemán, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Juventino V. Castro y Castro, Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Humberto Román Palacios, Olga María Sánchez Cordero y Juan N. Silva Meza; aprobó, con el número XLIII/95 (9a.) la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a tres de agosto de mil novecientos noventa y cinco.

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