I.8o.A. J/1 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Común
PRUEBA PERICIAL EN EL AMPARO. PROCEDE LA AMPLIACIÓN DEL CUESTIONARIO RELATIVO, SIEMPRE QUE LOS PLANTEAMIENTOS GUARDEN RELACIÓN CON LOS HECHOS QUE EL OFERENTE PRETENDA ACREDITAR EN EL JUICIO Y CON LOS CUESTIONAMIENTOS ORIGINALMENTE FORMULADOS.
[J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIX, Abril de 2013; Tomo 3; Pág. 1925
Si bien es verdad que el artículo
151 de la Ley de Amparo
no prevé expresamente la posibilidad para el oferente de ampliar el cuestionario relativo a la prueba pericial, también lo es que no existe impedimento para hacerlo, por lo que procede, siempre que los planteamientos guarden relación con los hechos que pretenda acreditar en el juicio y con los cuestionamientos originales formulados, además de que tal ampliación se plantee con oportunidad en relación con la fecha de celebración de la audiencia constitucional, al tratarse de un medio probatorio reconocido por la ley, cuya finalidad es orientar la convicción del juzgador en alguna materia que requiera la experticia de un especialista; de ahí que, incluso, la citada ley permite proponer cuestionamientos a la luz de los cuales habrá de solventarse el tema debatido.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 56/2012. Raymundo Rivera Murguía. 22 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretario: Carlos Alberto Araujo Osorio.
Queja 73/2012. Ana María Cabrera Hernández. 29 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretario: Omar Mora Cuevas.
Queja 55/2012. Joaquín Neri Vicenteño. 29 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretaria: Jazmín Robles Cortés.
Queja 76/2012. Miguel Ojeda Rojas. 29 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretaria: Jazmín Robles Cortés.
Queja 71/2012. 29 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretario: Carlos Alberto Araujo Osorio.
Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 2a./J. 20/2013 (10a.), de rubro: "
PRUEBA PERICIAL EN EL JUICIO DE AMPARO. EL CUESTIONARIO DIRIGIDO A LOS PERITOS ES SUSCEPTIBLE DE AMPLIACIÓN
.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVIII, Tomo 2, marzo de 2013, página 1486.