Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2003708

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 18 de marzo de 2015, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 335/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

IV.T.A.5 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral
Registro digital (IUS)
2003708
Clave de tesis
IV.T.A.5 L (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común, Laboral
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 2031

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. NO ES AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL AMPARO CUANDO UNO DE SUS TRABAJADORES DE BASE QUE NO REALIZA FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN, PREVENCIÓN Y REACCIÓN EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD PÚBLICA, LE RECLAMA LA TERMINACIÓN DE LOS EFECTOS DE SU NOMBRAMIENTO POR NO APROBAR LAS EVALUACIONES DE CONTROL DE CONFIANZA, DEL DESEMPEÑO Y DE COMPETENCIAS PROFESIONALES.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 2031

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 12/2013. Hortencia Badillo Zoeller. 13 de marzo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Hernández Núñez. Secretario: Jaime Vladimir Cisneros de la Cruz. Nota: Por ejecutoria del 18 de marzo de 2015, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 335/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 2003708