Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2004974

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 25 de junio de 2014, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 144/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al existir la jurisprudencia 2a./J. 73/2014 (10a.) que resuelve el mismo problema jurídico. Por ejecutoria del 27 de agosto de 2014, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 208/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al existir la jurisprudencia 2a./J. 73/2014 (10a.) que resuelve el mismo problema jurídico.

I.9o.C. J/3 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2004974
Clave de tesis
I.9o.C. J/3 (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXVI, Noviembre de 2013; Tomo 1; Pág. 892

QUEJA. LA RESOLUCIÓN QUE LA DECLARA FUNDADA CONTRA EL AUTO QUE DESECHA LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO, EQUIVALE A REPONER EL PROCEDIMIENTO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 103 DE LA LEY DE AMPARO VIGENTE).

[J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXVI, Noviembre de 2013; Tomo 1; Pág. 892

Precedentes

Queja 39/2013. Agapito Salvador Gutiérrez Báez. 27 de junio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Serrano Oseguera. Secretario: José Ángel Vega Tapia. Queja 49/2013. Juan Armando Hinojosa Cortina. 27 de junio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Serrano Oseguera. Secretario: Iván Ojeda Romo. Queja 83/2013. Alfredo Rebollar Morgado y otro. 29 de agosto de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Serrano Oseguera. Secretaria: María Concepción Badillo Sánchez. Queja 97/2013. Gabriela Guadarrama Montaño. 3 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Hernández Cervantes. Secretario: Salvador Pahua Ramos. Queja 103/2013. 3 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: María Concepción Alonso Flores. Secretaria: Laura Ivón Nájera Flores. Nota: Por ejecutoria del 25 de junio de 2014, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 144/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al existir la jurisprudencia 2a./J. 73/2014 (10a.) que resuelve el mismo problema jurídico. Por ejecutoria del 27 de agosto de 2014, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 208/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al existir la jurisprudencia 2a./J. 73/2014 (10a.) que resuelve el mismo problema jurídico.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 2004974