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2a. CI/96Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

TERCERO PERJUDICADO. CUANDO EL QUEJOSO SEÑALA DE MANERA INCORRECTA EL DOMICILIO DE AQUEL, EL JUZGADOR DE AMPARO DEBE AGOTAR EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 30, FRACCION II, DE LA LEY DE LA MATERIA Y NO SOBRESEER EN EL JUICIO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Noviembre de 1996; Pág. 246

Precedentes

Amparo en revisión 2044/96. Inmuebles FDN, S.A. de C.V. 4 de octubre de 1996. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: José Manuel Arballo Flores.

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