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PR.A.CN. J/67 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesAdministrativa, Común

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO POR CESACIÓN DE EFECTOS. NO SE ACTUALIZA LA CAUSAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 61, FRACCIÓN XXI, DE LA LEY DE LA MATERIA, CUANDO SE RECLAMA LA OMISIÓN DE PAGO OPORTUNO DE LA PENSIÓN JUBILATORIA, AUNQUE DURANTE EL JUICIO LA AUTORIDAD DEMUESTRE HABER CUBIERTO EL ESPECÍFICAMENTE MES RECLAMADO.

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo V; Pág. 4998

Precedentes

Contradicción de criterios 87/2023. Entre los sustentados por el Tercer y el Quinto Tribunales Colegiados, ambos del Décimo Quinto Circuito. 13 de octubre de 2023. Tres votos de las Magistradas Adriana Leticia Campuzano Gallegos (presidenta) y Rosa Elena González Tirado, y del Magistrado Gaspar Paulín Carmona, respecto del fondo del asunto. Ponente: Magistrada Rosa Elena González Tirado. Secretaria: María Isabel Pech Ramírez. Tesis y criterio contendientes: El Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 619/2019, el cual dio origen a la tesis aislada XV.3o.10 A (10a.), de título y subtítulo: "CESE DE EFECTOS. NO SE ACTUALIZAN LOS HECHOS NI LOS SUPUESTOS JURÍDICOS DE ESTA CAUSA DE IMPROCEDENCIA CUANDO SE RECLAMA EL PAGO ATRASADO DE LA PENSIÓN JUBILATORIA, ASÍ COMO LOS SUBSECUENTES Y EL ENTE ASEGURADOR DEMUESTRA DURANTE EL JUICIO EL PAGO DE LA PENSIÓN CORRESPONDIENTE.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de agosto de 2020 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 77, Tomo VI, agosto de 2020, página 5983, con número de registro digital: 2021854, y El sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 254/2022. Nota: Esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de criterios 87/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.

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