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2a./J. 11/2022 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Común

RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL UN JUEZ DE DISTRITO ORDENA ENVIAR EL EXPEDIENTE DE UN JUICIO DE AMPARO A UN JUZGADO DE DISTRITO AUXILIAR PARA QUE, EN SU APOYO, EMITA LA SENTENCIA DEFINITIVA CORRESPONDIENTE.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Marzo de 2022; Tomo III; Pág. 2042

Precedentes

Contradicción de tesis 203/2021. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materia Administrativa del Cuarto Circuito y Segundo del Trigésimo Circuito. 19 de enero de 2022. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Alfredo Uruchurtu Soberón. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver la queja 111/2016, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, al resolver la queja 46/2021. Tesis de jurisprudencia 11/2022 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del nueve de febrero de dos mil veintidós.

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