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PC.XX. J/1 P (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún, Penal

AMPARO DIRECTO EN MATERIA PENAL. SUS EFECTOS CUANDO SE CONCEDE AL INCULPADO POR INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE TERRITORIO DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA QUE LO JUZGÓ.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo II; Pág. 1579

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2013. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Octava Región, con residencia en Cancún, Quintana Roo y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 1o. de octubre de 2013. Unanimidad de cuatro votos; Manuel de Jesús Rosales Suárez y Jorge Mason Cal y Mayor votaron con salvedades. Ponente: Juan Solórzano Zavala. Secretario: Víctor Hugo Coello Avendaño. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Octava Región, con residencia en Cancún, Quintana Roo, al resolver el amparo directo 72/2013 (cuaderno auxiliar 195/2013) del índice del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, al resolver el amparo directo 485/2012.

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