X.3o.10 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
AGRAVIOS INATENDIBLES. LO SON LOS QUE VAN DIRIGIDOS A ATACAR EL FONDO DEL NEGOCIO, SI LOS FORMULADOS NO SON OPERANTES PARA REVOCAR EL SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Marzo de 2001; Pág. 1716
Si el Juez de Distrito sobreseyó el juicio de amparo y los agravios que se formulan para combatir dicho sobreseimiento no son aptos para revocarlo, los que se formulen para atacar el fondo del negocio son inatendibles por no haberse ocupado el Juez recurrido de su estudio.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 264/2000. Julio de la Cruz Hernández. 29 de noviembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: René Silva de los Santos. Secretaria: María Elena Zamora Rentería.