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XXIV.1o.7 K (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común

AGRAVIOS EN EL RECURSO DE QUEJA EN EL AMPARO. SON INOPERANTES AQUELLOS EN LOS QUE SE ADUCE QUE EL JUEZ DE DISTRITO ES INCOMPETENTE PARA CONOCER DE UNA DEMANDA POR RAZÓN DE TURNO, EN SU HIPÓTESIS DE CONOCIMIENTO PREVIO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 13, Mayo de 2022; Tomo V; Pág. 4551

Precedentes

Queja 350/2021. 10 de febrero de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Juan García Orozco. Secretaria: Denisse Fregoso Ramírez. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 37/2018 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de agosto de 2018 a las 10:18 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 57, Tomo I, agosto de 2018, página 907, con número de registro digital: 2017575. El Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales citado, aparece publicado en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 14, Tomo III, enero de 2015, página 2127, con número de registro digital: 2591.

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