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2a./J. 17/2014 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

CONVENIO LABORAL SUSCRITO EN LA ETAPA DE CONCILIACIÓN. LAS MANIFESTACIONES DEL APODERADO DE LA DEMANDADA, AUN CUANDO AQUÉL NO SE HAYA RATIFICADO POR LA TRABAJADORA, CONSTITUYEN CONFESIÓN EXPRESA Y ESPONTÁNEA.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo I; Pág. 953

Precedentes

Contradicción de tesis 450/2013. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y Quinto en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 29 de enero de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Sergio A. Valls Hernández, Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas y Luis María Aguilar Morales. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Luis Javier Guzmán Ramos. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el juicio de amparo directo 1308/2012, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el juicio de amparo directo 937/2011. Tesis de jurisprudencia 17/2014 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del doce de febrero de dos mil catorce.

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