II.T.57 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
HORAS EXTRAS. RESULTA IMPROCEDENTE SU PAGO, CUANDO EL TRABAJADOR REFIERE EL COBRO DE UNA CANTIDAD ADICIONAL, POR CONCEPTO DE TRABAJOS EXTRAORDINARIOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1405
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
794 de la Ley Federal del Trabajo
, se tendrá por confesión expresa y espontánea de las partes, sin necesidad de ser ofrecida como prueba, lo manifestado en las actuaciones y en las constancias del juicio; luego, si el accionante reconoce haber recibido una cantidad adicional a su salario por concepto de trabajos extraordinarios, dicha manifestación hace improcedente el pago de tiempo extraordinario.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 903/98. José Luis Vázquez Becerra. 19 de noviembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretaria: Gloria Burgos Ortega.