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2a./J. 62/95Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

TESTIMONIAL EN JUICIO LABORAL. PROCEDE LA DESERCION DE LA PRUEBA, SI EL DOMICILIO DE LOS TESTIGOS SE UBICA FUERA DEL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA JUNTA Y EL OFERENTE NO ACOMPAÑA EL INTERROGATORIO POR ESCRITO.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Noviembre de 1995; Pág. 292

Precedentes

Contradicción de tesis 23/95. Entre las sustentadas por el Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Cuarto Circuito. 15 de septiembre de 1995. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Tesis de Jurisprudencia 62/95. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión pública de quince de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, por cinco votos de los ministros: presidente Juan Díaz Romero, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Nota: Por acuerdo del veinticinco de enero de dos mil diecinueve, el Pleno en Materia de Trabajo del Décimo Sexto Circuito declaró procedente pero infundada la petición de someter al conocimiento de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la solicitud de sustitución de esta jurisprudencia.

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