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(I Región)4o.4 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

REVISIÓN EN AMPARO CONTRA LEYES. LA AUTORIDAD A QUIEN SE ATRIBUYE EL REFRENDO DEL REGLAMENTO DECLARADO INCONSTITUCIONAL, EN VÍA DE CONSECUENCIA, AL HABERSE CONSIDERADO ASÍ LA NORMA GENERAL QUE REGULA, CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Julio de 2014; Tomo II; Pág. 1292

Precedentes

Amparo en revisión 21/2014 (cuaderno auxiliar 435/2014) del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal. Jefe de Servicios de Asignación de Derechos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y otras. 9 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Alberto Arriaga Farías. Secretaria: María Danniela Ortega Ortiz.

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