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XX.2o.1 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Penal

VIOLACIÓN EQUIPARADA. PARA CONSIDERAR AGOTADO ESTE DELITO, BASTA LA INTRODUCCIÓN DEL OBJETO O INSTRUMENTO DISTINTO DEL PENE EN LA VÍCTIMA, VÍA VAGINAL O ANAL, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE EL HIMEN PERMANEZCA ÍNTEGRO, DE LA PROFUNDIDAD DE LA PENETRACIÓN O DE QUE ÉSTA SEA PARCIAL (ABANDONO DEL CRITERIO CONTENIDO EN LAS TESIS XX.2o.100 P Y XX.2o.101 P).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Julio de 2014; Tomo II; Pág. 1329

Precedentes

Amparo directo 1211/2010. 28 de marzo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arteaga Álvarez. Secretaria: María Mayela Burguete Brindis. Nota: Esta tesis se aparta del criterio sostenido por el propio tribunal, en las diversas XX.2o.100 P y XX.2o.101 P, publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIII, abril de 2011, páginas 1473 y 1445, respectivamente. Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro X, Tomo 3, julio de 2012, página 2091, se publica nuevamente con la modificación en el precedente que el propio tribunal ordena sobre la tesis originalmente enviada.

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