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III.3o.A.18 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común

SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA OBLIGACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES DE ENVIAR MENSUALMENTE SU INFORMACIÓN CONTABLE A LA AUTORIDAD FISCAL A TRAVÉS DEL BUZÓN TRIBUTARIO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2958

Precedentes

Queja 190/2014. Hola Innovación, S.A. de C.V. y otras. 4 de agosto de 2014. Mayoría de votos. Disidente: Elías H. Banda Aguilar. Ponente: Jesús R. Sandoval Pinzón. Secretario: Aurelio Méndez Echeagaray. Queja 193/2014. Grupo Aguilarios, S.A. de C.V. y otra. 5 de agosto de 2014. Mayoría de votos, con voto concurrente del Magistrado José Manuel Mojica Hernández. Disidente y Ponente: Elías H. Banda Aguilar. Secretario: Sergio Navarro Gutiérrez Hermosillo. Queja 206/2014. Mexicana Industrial de Insumos Agropecuarios, S.A. de C.V. 8 de agosto de 2014, con voto concurrente del Magistrado José Manuel Mojica Hernández. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: Elías H. Banda Aguilar. Secretario: Alejandro Chávez Martínez. Queja 205/2014. 8 de agosto de 2014. Mayoría de votos, con voto concurrente del Magistrado José Manuel Mojica Hernández. Disidente: Elías H. Banda Aguilar. Ponente: Jesús R. Sandoval Pinzón. Secretaria: Gabriela Tristán Valadez. Nota: La presente tesis aborda el mismo tema que las sentencias dictadas por los Tribunales Colegiados Tercero en Materia Administrativa del Primer Circuito; Séptimo y Décimo Séptimo en Materia Administrativa del Primer Circuito; Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito; Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito; Primero y Segundo del Vigésimo Séptimo Circuito; Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito; Décimo en Materia Administrativa del Primer Circuito; Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito; Segundo, Cuarto, Quinto, Sexto, Noveno, Décimo Cuarto y Décimo Quinto en Materia Administrativa del Primer Circuito, y Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, en los recursos de queja 159/2014; 169/2014 y 165/2014; 189/2014; 187/2014; 131/2014 y 162/2014; 184/2014, 205/2014, 209/2014, 214/2014, 215/2014, 216/2014, 217/2014, 218/2014, 219/2014, 220/2014, 222/2014, 223/2014, 224/2014, 225/2014, 226/2014, 227/2014, 228/2014, 229/2014, 231/2014, 232/2014, 233/2014 y 235/2014; 166/2014; 148/2014; 157/2014, 158/2014, 161/2014, 164/2014, 168/2014, 171/2014, 130/2014 y 131/2014, respectivamente, que fueron objeto de las denuncias relativas a las contradicciones de tesis 305/2014, 303/2014, 294/2014, 287/2014, 281/2014, 280/2014, 275/2014, 272/2014 y 266/2014, resueltas por la Segunda Sala el 19 de noviembre de 2014, las cuales fueron declaradas sin materia, en virtud de que únicamente subsistió un criterio contendiente, con motivo de que el Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito dilucidó el mismo problema jurídico al resolver la contradicción de tesis 25/2015, de la que derivó la jurisprudencia PC.I.A. J/31 A (10a.), la cual es de observancia obligatoria para los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito contendientes; así como la denuncia relativa a la contradicción de tesis 277/2014, resuelta el 26 de noviembre de 2014 por la Segunda Sala de la que derivó la tesis de jurisprudencia 2a./J. 2/2015 (10a.), de título y subtítulo: "SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. PROCEDE CONCEDERLA CONTRA LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 17 K Y 28, FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014).", así como la denuncia relativa a la contradicción de tesis 296/2014, declarada sin materia por la Segunda Sala el 28 de enero de 2015.

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