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VI.2o.T.8 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

COMPETENCIA. LA SOLA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD QUE LA DECLINA ES INSUFICIENTE PARA LA PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO, PUES ES NECESARIO, ADEMÁS, OBSERVAR EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD [ABANDONO PARCIAL DEL CRITERIO CONTENIDO EN LA TESIS VI.2o.T.1 K (10a.)].

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 13, Diciembre de 2014; Tomo I; Pág. 803

Precedentes

Queja 51/2014. Bruno Lazos Pérez. 26 de septiembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Mendoza Montes. Secretario: Rodrigo Tanganxhuán Rodríguez Mata. Nota: Esta tesis se aparta parcialmente del criterio sostenido por el propio tribunal en la diversa VI.2o.T.1 K (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 9 de mayo de 2014 a las 10:34 horas y en su Gaceta, Décima Época, Libro 6, Tomo III, mayo de 2014, página 1940, que es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 146/2014, pendiente de resolverse por la Primera Sala.

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