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PC.V. J/1 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún

AMPARO CONTRA NORMAS GENERALES HETEROAPLICATIVAS. SUS EFECTOS COMPRENDEN ÚNICAMENTE LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES ENTERADAS, RETENIDAS O DESCONTADAS DESDE EL ACTO DE APLICACIÓN QUE MOTIVÓ LA PROMOCIÓN DEL JUICIO, Y LAS SUBSECUENTES, SIN QUE PUEDAN HACERSE EXTENSIVOS A LOS ACTOS PREVIOS.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Abril de 2015; Tomo II; Pág. 949

Precedentes

Contradicción de tesis 3/2013. Entre las sustentadas por el Primer y el Tercer Tribunales Colegiados, ambos en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito. 27 de agosto de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Magistrados Armida Elena Rodríguez Celaya, Francisco Domínguez Castelo, Hugo Gómez Ávila y Federico Rodríguez Celis; el Magistrado Hugo Gómez Ávila formuló voto aclaratorio, en el que estimó innecesaria la emisión de esta tesis, al comprender a todas las normas generales heteroaplicativas. Disidente: Maurilio Gregorio Saucedo Ruiz. Ponente: Federico Rodríguez Celis. Secretario: Hugo Reyes Rodríguez. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 361/2012, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 381/2012.

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