I.1o.A.E.27 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
PRUEBA PERICIAL EN EL AMPARO. EL JUEZ DE DISTRITO DEBE REQUERIR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA ANALIZAR ASPECTOS TÉCNICOS, SOLICITADA POR LOS PERITOS PARA ELABORAR SU DICTAMEN.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Abril de 2015; Tomo II; Pág. 1812
Cuando para elaborar el dictamen correspondiente a una prueba pericial admitida en el juicio de amparo indirecto, el perito solicita al Juez de Distrito que requiera a la autoridad responsable la información necesaria para analizar aspectos técnicos, con la finalidad de decidir sobre la constitucionalidad de los actos reclamados, debe proveer favorablemente, en la inteligencia de que si la información es de naturaleza reservada o confidencial, como pueden ser los secretos industriales o comerciales, la autoridad debe generar una versión pública en términos del artículo 30 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que permita el desahogo de la prueba pericial.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.
Precedentes
Queja 111/2014. Operadora Unefón, S.A. de C.V. 22 de enero de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Patricio González-Loyola Pérez. Secretario: José Pablo Sáyago Vargas.