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I.8o.A. J/2 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Común

REVISIÓN EN AMPARO. EL JUEZ DE DISTRITO DEBE ORDENAR QUE SE NOTIFIQUE PERSONALMENTE AL QUEJOSO EL AUTO EN EL QUE TENGA POR INTERPUESTO ESE RECURSO POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Agosto de 2015; Tomo II ; Pág. 2029

Precedentes

Amparo en revisión 196/2014. Jefe de Gobierno, Asamblea Legislativa y Consejo de la Judicatura, todos del Gobierno del Distrito Federal. 8 de enero de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Fernando Hernández Bautista. Secretario: Sergio Padilla Terán. Amparo en revisión 377/2014. Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal. 29 de enero de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: María Guadalupe Saucedo Zavala. Secretaria: Gabriela Guadalupe Flores de Quevedo. Amparo en revisión 394/2014. Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal. 9 de febrero de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Fernando Hernández Bautista. Secretario: Víctor Aguirre Montoya. Amparo en revisión 390/2014. Suplente permanente del Presidente del Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal. 13 de febrero de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretario: Omar Mora Cuevas. Amparo en revisión 388/2014. Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal. 5 de marzo de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretario: Omar Mora Cuevas.

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